Residencia por Arraigo en Uruguay
Desde el 16 de mayo de 2024, con el Decreto Nº 138/024, Uruguay habilitó una vía para regularizar la situación migratoria de personas que permanecen en el país tras solicitar refugio, a través del programa Residencia por Arraigo.
Este programa estará vigente hasta el 23 de noviembre de 2025. Pasado ese plazo, las personas que no hayan regularizado su situación migratoria al amparo de este decreto, no podrán acceder a los beneficios del mismo.
Tipos de Arraigo
🧾 Arraigo Laboral
Requiere haber trabajado o cotizado al menos 90 días en Uruguay (en relación de dependencia o como trabajador independiente).
👉 Otorga residencia permanente.
👨👩👧 Arraigo Familiar
Para quienes tienen vínculo directo con un residente legal o ciudadano uruguayo: cónyuge, hijos, padres o concubino/a reconocido judicialmente.
👉 Otorga residencia permanente.
🎓 Arraigo por Formación
Para personas que estudien por más de un año en una institución educativa habilitada por el Ministerio de Educación y Cultura (MEC).
👉 Otorga residencia temporaria (1 año, renovable).
Requisitos Generales
- Haber entrado a Uruguay como Solicitante de Refugio antes del 23 de mayo de 2024.
- Contar con una permanencia ininterrumpida superior 180 días en el territorio nacional.
- No estar impedido por ley para residir en Uruguay.
- Presentar la documentación requerida:
- Pasaporte o documento de viaje
- Certificado de antecedentes penales del país de origen y donde haya residido en los últimos 5 años
- Carné de salud
- Certificado de vacunación
- Foto carné
- Documentación según el tipo de arraigo. (Ver aquí los requisitos específicos para cada tipo de arraigo).
Si el país de origen no emite certificado de antecedentes penales, se puede justificar con una declaración jurada.
No podrán acceder a este programa quienes tengan antecedentes penales incompatibles con la residencia o se encuentren impedidos por otras disposiciones legales.
Costos
- Residencia por Arraigo: 557.30 UI (aprox. 3.579 UYU)
- Certificado migratorio para la cédula: 55.70 UI (aprox. 358 UYU)
- Permiso de reingreso (en caso de salir del país): 225.60 UI (aprox. 1.450 UYU)
Si estás en situación de vulnerabilidad económica, podés pedir la exoneración de tasas mediante MIDES.
Procedimiento
- Iniciá el trámite en línea desde la página oficial.
- Subí la documentación digital.
- Vas a recibir un correo con la confirmación e instrucciones para agendarte y presentar la documentación.
- Agendate para la audiencia presencial.
- Obtené tu certificado de residencia en trámite para empezar a gestionar tu cédula.
Este trámite es especialmente útil para quienes no lograron el reconocimiento como refugiados pero ya tienen vínculos con Uruguay o han trabajado o estudiado en el país.
Preguntas frecuentes
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¿Puedo trabajar mientras espero la residencia por arraigo? Sí, una vez iniciado el trámite, puedes trabajar legalmente.
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¿Puedo salir del país mientras lo tramito? No es recomendable pero en la calidad de Residente en Trámites puedes salir de Uruguay, previa tramitación del permiso de reingreso.
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¿Cuánto demora el trámite? Varía según el caso, pero puede demorar entre 1 y 6 meses.